La Ley 1811 de 2016 en Colombia busca incentivar el uso de la bicicleta como medio de transporte principal, promoviendo la movilidad sostenible, reduciendo el impacto ambiental y mejorando el tránsito urbano. Establece beneficios como medio día de descanso remunerado para servidores públicos y cicloparqueaderos en entidades.
Aspectos clave de la Ley 1811 de 2016:
Incentivos para Funcionarios Públicos: Los servidores públicos que certifiquen haber llegado a trabajar en bicicleta 30 veces al año (validado por el empleador) tendrán derecho a medio día de descanso remunerado, hasta 8 veces al año.
- Cicloparqueaderos: Edificios públicos deben destinar al menos el 10% de sus celdas de parqueo para bicicletas. Las empresas privadas deben adecuar espacios seguros.
- Movilidad Sostenible: Los ciudadanos que utilicen la bicicleta para llegar a los sistemas de transporte masivo (ej. Transmilenio, Metro) pueden recibir beneficios en la recarga de tarjetas.
- Prioridad y Normas: La ley fomenta la creación de ciclorrutas y seguridad para ciclistas. Se establece que los ciclistas pueden ocupar un carril en la vía.
- Seguridad: Se reglamenta el uso de elementos de seguridad (casco, luces) y se promueve la educación vial
Esta normativa busca no solo incentivar el uso de la bicicleta sino también mejorar las condiciones de seguridad y parqueo para los usuarios de este medio de transporte.
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